Intervención de comunicaciones privadas: Técnica especial de investigación criminal
- JUSTICIA FORENSE
- 4 ene 2021
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¿Qué son las intervenciones de comunicaciones privadas?
Son técnicas especiales de investigación criminal, las cuales van enfocadas a conocer todo archivo digital que pueda ser almacenado en todo tipo de equipo tecnológico, como lo son los celulares, computadoras, tablets, etc.
Hay diversas modalidades de intervención, la cual lleva un objeto en específico lo cual más adelante precisaremos, sin embargo, es importante dar a conocer que para ejecutar una intervención y ser usada en una investigación de índole criminal es necesario llevar un control judicial, ello derivado a un derecho humano relacionado a la privacidad, lo cual está plasmado en nuestro artículo 16 Constitucional, mismo que fue reformado el 18 de junio de 2008 y finalmente adicionado el 1 de Junio de 2009 para quedar como lo conocemos hoy en día.
Por lo cual es necesario que un juez federal autorice la técnica para ser ejecutada, pues ello destaca a que los derechos humanos no son absolutos y que lo plasmado ahora en el artículo 1° de nuestra constitución federal nos permite restringir derechos, ello en ciertos casos, como por ejemplo una investigación penal, pues queda prohibido intervenir comunicaciones en las rama administrativa, laboral, civil, fiscal, electoral y mercantil, así como las comunicaciones de los abogados con sus clientes.
Para que pueda ser autorizada una intervención debe llevar ciertos requisitos importantes, como lo son el objeto, es decir la importancia de llevar a cabo dicha técnica en la investigación, otro punto importante es el tiempo que durara la intervención, además debe precisarse las líneas o aparatos que deberán ser intervenidos, por lo que refiriéndose a las líneas deberá informarse la empresa concesionaria a la cual está ligada la línea telefónica. Todo ello a fin de proteger a los ciudadanos de una equivocación y de esta manera proteger su derecho humano a la privacidad.
Finalmente hablaremos de los tipos de intervenciones, que en primer lugar tenemos a la extracción de datos, la cual nos permite extraer de un aparato tecnológico todo el material digital, como fotos, videos, chats, correos electrónicos, contactos, llamadas, mensajes, ruta de gps, etc.
La segunda modalidad lo es la entrega de datos conservados, misma de la cual podemos conocer en un periodo de 2 años atrás a la fecha las llamadas realizadas o recibidas, así como los mensajes de texto entrantes o salientes, el titular a quien se encuentra registrada la línea, conocer además el modelo del teléfono o tablets en dado de tratarse del equipo a intervenir, así como la geolocalización de cada actividad, es decir se puede conocer la ubicación de un usuario desde 2 años anteriores a la fecha, por lo cual podemos conocer donde se encontraba el imputado en un una fecha en específico.
También tenemos la modalidad de geolocalización en tiempo real, la cual podría ser la más sencilla ya que como su nombre lo indica podemos conocer la ubicación de un aparato informático en tiempo real, ello a través de coordenadas las cuales tienen una exactitud en gps de algunos metros a la redonda, es decir son tan precisas que podemos conocer la calle y colonia e incluso el numero en el que se encuentra, ello a diferencia de las coordenadas que brindan las antenas ya que las mismas nos dan la ubicación de la misma y no del equipo telefónico, lo cual detallaremos en siguientes publicaciones.
Finalmente tenemos a la más conocida quizá por el ciudadano, pues las películas de espionaje han permitido conocer, la cual se trata del desborde de llamadas, que a maneras sencillas podemos intervenir líneas telefónicas y poder escuchar en tiempo real las llamadas que realiza esa persona, quien le llama o a quien le llama.
Ovalle, J. (2013). Artículo 16. Intervención de comunicaciones privadas y jueces de control. México: UNAM.
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